CONDICIONES GENERALES DE VENTA

1- Los pedidos recibidos a través de nuestros representantes de ventas sólo son válidos tras nuestra aceptación por escrito.

2- La mercancía viaja por cuenta y riesgo del comprador.

3- Los colores de catálogo e ilustraciones son puramente orientativas de la gama.

4- Nuestros materiales están sujetos a tonalidad y a las tolerancias que establece la norma de la UE.

5- No se responde de las reclamaciones sobre material ya colocado.

6- Nuestras garantías obedecen sólo a la reposición de material sin colocar.

7- Nos reservamos la facultad de cambiar nuestros precios con un preaviso.

8- Los pagos se efectuarán directamente a ROIG CERÁMICA, S.A. (ROCERSA), excepto en los casos en que deleguemos por escrito a personas autorizadas. Los recargos energéticos y el importe de los pallets no se tendrán en cuenta en el cálculo de cualquier tipo de bonificación, descuento o rappel.

9- El retraso en 10 días a la fecha de cobro será sancionado como insolvencia. En tal caso será de nuestra facultad suspender los pedidos pendientes y por ello pedir judicialmente el pago de lo debido. Todos los gastos ocasionados por la demora, serán por cuenta del deudor.

10- Sobre la mercancía que ocupará cada factura, ROCERSA se reserva el derecho de dominio hasta no haya sido cobrado el importe de la misma incluso sobre las transacciones a terceros.

11- La mercancía deberá ser retirada de nuestras instalaciones en el plazo máximo de 7 días naturales desde el momento en que ROCERSA informe de la puesta a disposición de la mercancía. En caso de no ser retirada en dicho plazo, ROCERSA emitirá la factura por la totalidad de los productos puestos a disposición.

Asimismo, ROCERSA será indemnizada por cada día de retraso en la retirada de la mercancía por importe de 0,1€/ día/palet, impuestos no incluidos. La emisión de dicha factura se realizará de forma semanal, debiendo ser abonada en el plazo máximo de 7 días naturales.

La mercancía no retirada en 12 semanas será destruida o transmitida de forma onerosa o gratuita por ROCERSA a un tercero sin que se pueda solicitar indemnización o devolución alguna al comprador, y asumiendo éste todos los gastos ocasionados, todo ello en concepto de cláusula penal, sin perjuicio de las acciones que en su caso pudieran corresponderle a ROCERSA por el incumplimiento acaecido y los daños y perjuicios causados.

En caso de anulación del pedido, una vez fabricado el mismo, ROCERSA emitirá una factura en concepto de penalización por importe del 25% del total de la mercancía anulada, que deberá ser abonada en el plazo máximo de 7 días naturales.

12- En caso de litigio ambas partes se someterán a los Juzgados y Tribunales de Castellón (España). ENTREGA: Todas las mercancías se consideran como recibidas y aceptadas en fábrica. Se expedirán por orden, cuenta y riesgo del comprador. Las faltas de peso o rotura deben reclamarse a las compañías de transportes, únicas responsables.

13- La responsabilidad de ROCERSA no podrá ser cuestionada en caso de que se produzca un caso de fuerza mayor que le impida cumplir con las obligaciones derivadas de su relación. Constituye un caso de fuerza mayor cualquier acontecimiento ajeno a su voluntad que no pueda ser razonablemente previsto y cuyos efectos no puedan ser evitados con medidas adecuadas. Sin que esta lista sea exhaustiva, se considerarán casos de fuerza mayor el terrorismo, la guerra, los disturbios y la revolución, el sabotaje, la requisa, la confiscación, el embargo y la expropiación, la epidemia, la pandemia, los grandes acontecimientos climáticos, las catástrofes naturales como la tormenta violenta, el terremoto, la explosión, el incendio, escasez de combustible, boicot, huelga y, en particular, huelga de transportes de cualquier tipo, actos de autoridad, arbitrarios o no, aumento del coste de los suministros o de los costes energéticos que hagan inviable o no rentable la producción, y la existencia de un plan de regulación de empleo (ERE), incluso temporal (ERTE).

En caso de producirse un caso de fuerza mayor, ROCERSA, a la mayor brevedad posible desde que se produzca el evento, notificaría la ocurrencia del mismo. El cumplimiento de las obligaciones afectadas por el caso de fuerza mayor quedarán entonces suspendidas mientras dure dicho caso de fuerza mayor, y su obligación de entrega de los productos solicitados quedará suspendida, reducida o anulada mientras dure el caso de fuerza mayor, a partir del día en que se invocó la fuerza mayor.